Que te digan "hasta aquí llegamos" no significa que te vayas con las manos vacías. Si trabajas en una casa o negocio, te corresponde una liquidación. Esto es lo que incluye.
Qué entra en tu liquidación
Cuando termina la relación de trabajo, te deben pagar:
- Sueldo pendiente de los días trabajados.
- Décimo tercero y décimo cuarto proporcionales a lo que va del período. Cómo funcionan los décimos →
- Vacaciones no tomadas, en dinero. Tus vacaciones →
- Fondos de reserva pendientes, si te corresponden.
Esto se paga aunque la salida sea de común acuerdo o por tu renuncia.
Si el despido fue intempestivo
Si te separan sin causa justa y de un momento a otro, además de lo anterior te corresponde una indemnización por despido intempestivo. El monto depende de tu tiempo de trabajo y tu sueldo.
"Ya no te necesito, no vengas más" no elimina ese derecho.
El aviso de salida en el IESS
Tu empleador también debe registrar tu aviso de salida en el IESS. Ese trámite marca la fecha real de fin y protege tu historia laboral. Aviso de salida y liquidación →
Guarda tu respaldo
Tu fecha de inicio, tu sueldo y tus afiliaciones son la base para calcular todo. Si los tienes claros, es mucho más difícil que te paguen de menos.
Averigua lo que te corresponde
Con Afilianet puedes llevar tu registro de sueldo, fechas y afiliación —y calcular en un minuto lo que deberías recibir. Míralo aquí →
En resumen: no te pueden despedir sin liquidación. Te corresponde lo pendiente, décimos y vacaciones proporcionales, y una indemnización si el despido fue intempestivo.
Orientación general. Para tu caso, busca asesoría en el Ministerio del Trabajo.